
Tras el Brexit, después del 31/10/2019, Gran Bretaña se convertirá en un tercer país con respecto a la UE.
Según la reglamentación definida por la MHRA, entonces, para continuar la comercialización de dispositivos en el territorio, será necesario nombrar un representante in situ.
A tal efecto, para los Fabricantes establecidos fuera del Reino Unido, MHRA ha creado un nuevo papel en la regulación de los Dispositivos Médicos e IVD, conocido como UK Responsible Person. Esta persona tiene domicilio social en el Reino Unido y actúa en nombre del Fabricante para realizar tareas específicas, como el registro de Dispositivos Médicos ante la Autoridad reguladora antes de su comercialización en el Reino Unido.